En los cruces de peatones, debidamente señalizados, cuando la carretera tiene como máximo un carril por dirección, y los peatones en la acera, en las inmediaciones de la carretera, tienen la intención de cruzar, deben:
conducir a una velocidad no superior a 30 km / h en localidades o 50 km / h fuera de ellas ;
para reducir repentinamente la velocidad y dar prioridad a los peatones que tienen este derecho ;
no tiene ninguna obligación legal o responsabilidad en caso de accidente .