Si el titular de una licencia de conducir cambia su lugar de residencia permanente a la zona de otro asentamiento de alcance ampliado, está obligado a informar de este hecho:
Al municipio de una localidad de ámbito ampliado, en cuya región administrativa tiene una nueva residencia permanente .
Al municipio de un asentamiento de ámbito ampliado, en cuya región administrativa se dio de baja como residencia permanente .
Ambos municipios de asentamientos con un ámbito de actuación ampliado, cuyos distritos administrativos concierne el cambio de residencia permanente .