Si por razones operativas u otras razones imperiosas se requiere que las personas aborden la carretera al abordar un autobús, trolebús o tranvía fuera de la parada:
El conductor debe detener a otros vehículos que pasan durante el tiempo necesario .
El transportista tiene derecho a detener otros vehículos .
Cada pasajero mayor de 18 años tiene derecho a detener otros vehículos .